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Tecnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos
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Tecnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos

Situación: Abierto Plazo de Instancias

Plazas: 64

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Oposiciones Generalitat Valenciana 2024

La Generalitat Valenciana ha convocado 64 plazas del cuerpo superior de administración de Fondos Públicos (APT-A1-02 A1) correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2024: 54 plazas en turno libre y 10 plazas por promoción interna. Puedes presentar la instancia hasta el día 10 de julio de 2024.

Se prevé que el examen se realice el 23 de noviembre de 2024.

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  • Clases Presenciales Híbridas con las que puedes asistir a las clases físicamente o conectarte en directo desde cualquier otro lugar. Y si algún día no puedes asistir, podrás verla en diferido, pues se quedan grabadas durante 15 días). El pago de las clases será mensual, sin matrícula y sin compromiso de permanencia.
  • Clases por Videoconferencia, que podrás seguir desde casa o desde cualquier sitio. Y si no puedes verlas en directo, se quedarán grabadas durante 15 días para que puedas visualizarlas en otro momento. El pago en este caso también es mensual, sin matrícula ni permanencia.

Somos expertos en la preparación de las oposicioones para esta especialidad, en la Bolsa de A1 de la Generalitat Valenciana de Fondos Europeos ¡más de 83% de nuestros alumnos aprobaron el proceso!

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Retribuciones

Aunque es una categoría nueva, puedes entrar en la web de la Generalitat para hacerte una idea de cuáles son las retribuciones que perciben los funcionarios de la Generalitat Valenciana.

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  • Sin matrículas ni permanencia
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Inicio: 21 de junio de 2023

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X de 16:00 a 18:00nV de 18:00 a 20:00

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162,00/mes*
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*Grupo Híbrido, el alumno tendrá compañeros en modalidad presencial.
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Presencial-Híbrida

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Inicio: 31 de mayo de 2024

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HP(MENSUAL)

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178,00/mes
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Centro impartidor

Valencia
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Inicio: 21 de junio de 2023

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El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en las siguientes bases.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que accedan a el mismo serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Fase de oposición

El proceso selectivo constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio. Entre el primer ejercicio y el segundo se realizará el curso selectivo.

Puntuación final

La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados, vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios obligatorios, siempre que se hubiese obtenido, como mínimo, la puntuación indicada en cada caso.

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Primer ejercicio (previsión)

El primer ejercicio, constará de 2 partes, que se realizaran en el mismo día, de carácter obligatorio y eliminatorio.

  • a) La primera parte, que tendrá lugar por la mañana, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 160 preguntas, que en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I, de las cuales, 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común a los 2 procesos selectivos, y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» conforme al proceso selectivo elegido «proceso selectivo 1 parte especial cuerpo general A1-01», u «proceso selectivo 2 parte especial APT 01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos», según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 60 segundos ni superior a 90 segundos por pregunta.
  • b) La segunda parte, que tendrá lugar por la tarde, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas que, en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 120 segundos ni superior a 180 segundos por pregunta.

De las personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio y en base a la puntuación obtenida en el mismo, accederá a la realización del curso selectivo un número de personas equivalente a las plazas a cubrir, incrementado, en su caso, con el número de plazas de promoción interna que queden desiertas, más un 10%. En el supuesto de que una o más personas aspirantes tuvieran la misma calificación que la última con derecho a acceder al curso, todas las que presenten idéntica puntuación accederán al curso.

La calificación del primer ejercicio será de 0 a 50 puntos. Siendo necesario para superar el ejercicio 25 puntos y haber obtenido el mínimo de la puntuación requerida en cada una de las partes.

  • a) La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la primera parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40 % de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.
  • b) La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la segunda parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40 % de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el punto 7.1.2 solo pasarán a la siguiente fase del proceso consistente en la realización del curso selectivo las personas aspirantes que entren en la relación que allí se establece.
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Curso Selectivo

El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública. Los aspirantes admitidos al curso selectivo serán nombrados por el órgano convocante, funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

El curso tendrá como finalidad proporcionar a los aspirantes la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.

Por ello el curso combinará, de conformidad con lo que se detalle en la guía de contenidos del mismo, una actividad formativa tutorizada de carácter práctico con la estancia en entornos laborales donde deberán adquirir conocimientos prácticos sobre la gestión de los diferentes procedimientos administrativos propios de las funciones del puesto.

El curso tendrá una duración estimada de 4 meses. El contenido, calendario y lugares de su realización, así como las demás normas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Dirección General de Función Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia al mismo así como realizar las actividades que se encarguen. A la finalización del mismo y como requisito para poder calificar el segundo ejercicio del proceso, se deberá obtener la declaración de «apto» que se emitirá por el OTS sobre la base del informe del tutor de los aspirantes, que será designado por la Dirección General de Función Pública.

El curso selectivo incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y un módulo en materia de violencia de género.

A las personas aspirantes que no superasen el curso selectivo no se les podrá calificar el segundo ejercicio quedando, por tanto, excluidas del proceso selectivo. En estos casos se dictará una resolución motivada por parte de la autoridad convocante.

La calificación del curso será, de conformidad con lo establecido en el punto 7.1.2 de «apto» o «no apto».

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Segundo ejercicio

Constará de 2 partes, de carácter obligatorio.

  • a) La primera parte, tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio, y consistirá en la realización de una serie de pruebas para la evaluación de las siguientes competencias generales que se consideran convenientes para el ejercicio de las funciones asignadas a las plazas objeto de la presente convocatoria:
    • Pensamiento crítico, análisis y resolución creativa de problemas. (pensar de manera holística y traducir información compleja en soluciones creativas e innovadoras). Distinguir los elementos esenciales de los menos importantes y conseguir integrar la información procedente de diferentes fuentes. Concebir posibles vias de actuación teniendo en cuenta distitntos puntos de vista y posturas. Gestionar bien información y conceptos complejos. Establecer conexiones entre elementos que van más allá de su propio ámbito de responsabilidad y el momento presente. Anticipar posibles efectos desde una perspectiva global. Generar ideas originales y soluciones innovadoras a los problemas utilizando un pensamiento original.
    • Trabajo en equipo (Desarrollar una cooperación transversal y fomentar la diversidad y la inclusión. Cooperar adecuadamente, buscando acuerdos, compartiendo conocimientos y ayudando a otras personas). Fomentar la cooperación entre equipos e identificarse con los objetivos e intereses comunes. Debatir abiertamente las diferencias de opinión con las personas afectadas, comprender otros puntos de vista y esforzarse por alcanzar un acuerdo en situaciones de conflicto. Aceptar la diversidad y fomentar un entorno de inclusión, y esforzarse por tratar a todas las demás personas por igual y con equidad. Ofrecer asistencia y ayudar a otras personas. Compartir de forma proactiva sus conocimientos en beneficio y provecho de otras personas de forma continua.
    • Aprendizaje como capacidad (Gestionar activamente el aprendizaje propio, el crecimiento y la autosuperación). Identificar sus propias necesidades de aprendizaje y desarrollar sus propias capacidades a través del aprendizaje continuo. Gestionar conscientemente su crecimiento personal: esforzarse por comprender sus propios puntos fuertes y débiles. Responder positivamente a los comentarios y a las críticas constructivas. Aprovechar todas las oportunidades para aprender, incluso a partir de un fracaso. Reconocer las oportunidades de aplicar las lecciones aprendidas y mejorar su rendimiento. 4. Espíritu emprendedor dentro de la organización (Impulsar el cambio, motivar y capacitar a otras personas a la hora de aplicar el cambio y ofrecer orientación a todos los niveles). Demostrar iniciativa, superar obstáculos y pensar en el futuro. Asumir nuevos retos e impulsar cambios, y tomar la iniciativa cuando es necesario. Motivar y animar a otros a actuar y avanzar. Orientar y capacitar a otras personas para que crezcan y mejoren su rendimiento. Servir de modelo y actuar como embajador del departamento. 

Estas competencias generales serán evaluadas por el OTS y, en su caso, por el personal especialista que a tal efecto designe el órgano técnico de selección, a través de un ejercicio en grupo y la prueba de la bandeja electrónica.

Para su evaluación, se realizarán por parte del personal especialista que a tal efecto designe el órgano técnico de selección, las siguientes pruebas:

Ejercicio en grupo: cada aspirante participará en un ejercicio en grupo. El objetivo de esta prueba colectiva, de 60 minutos de duración, es medir las capacidades relevantes para el desempeño relacionadas con el trabajo en equipo y otras capacidades de interacción de la persona aspirante en el seno de un grupo o equipo y la calidad de su contribución a una tarea colectiva. El personal especialista agrupará a las personas aspirantes, en base al orden de llamamiento que se prevé en la base 6, en grupos preferentemente de 8 personas, realizándose cuantos ejercicios sea necesarios para la participación en esta prueba de todos los aspirantes.

Según el ejercicio cada persona puede recibir un dossier de información que es idéntico para todos los miembros del grupo y, en su caso, una información adicional que puede ser diferente para cada aspirante.

El ejercicio tiene una parte de trabajo individual en la que cada participante debe procesar la información recibida en un tiempo limitado para ello, identificando los aspectos más importantes de la misma. A continuación, se inicia la dinámica de grupo en la que el equipo debe cumplir el objetivo que se haya planteado.

Bandeja electrónica: consiste en una simulación de una situación de trabajo real y reproduce una bandeja de correo electrónico con información relativa a aspectos del trabajo y su desempeño. Los candidatos tienen que encontrar la mejor solución posible en un periodo de tiempo determinado. En concreto, se realiza en un ordenador, en cuyo buzón de correo electrónico, la persona aspirante encontrará varios correos que deberá leer y, después, ordenar una serie de acciones que se le proponen para un número de situaciones específicas (desde aquellas en las que está totalmente de acuerdo, hasta aquellas en las que está totalmente en desacuerdo).

En concreto, las personas aspirantes responderán entre 18 y 21 preguntas relativas a la información proporcionada en esos correos electrónicos. Cada pregunta presentará 3 opciones, debiéndose clasificar cada una de acuerdo con una escala que presenta 5 posiciones: totalmente en desacuerdo, en desacuerdo, neutral, de acuerdo, o totalmente de acuerdo.

Con antelación suficiente se harán públicas a las personas aspirantes unas instrucciones para la realización de estas pruebas.

Sin perjuicio de lo previsto en la base 7.1, en aras al principio de agilidad del proceso selectivo y para que concluya en los plazos que establece la normativa, la realización de estas pruebas, especialmente el ejercicio en grupo, podrá tener lugar en la fase final del curso selectivo. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en la base 7.1.2, para poder calificar el segundo ejercicio del proceso, se deberá obtener la declaración de «apto» en el curso.

  • b) La segunda parte consistirá en resolver, mediante ordenador facilitado por el centro gestor que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio, en un tiempo mínimo de 3 horas y máximo de 4, a determinar por el órgano técnico de selección, 2 o 3 supuestos prácticos, referidos a las materias recogidas en el anexo I. Se presumirá idéntico valor a todos los supuestos prácticos, que se distribuirá proporcionalmente entre las preguntas y apartados que compongan el supuesto práctico, salvo que el OTS, en atención a la extensión, complejidad y/o dificultad técnica, establezca distinta puntuación a los supuestos prácticos o a cada una las cuestiones fomuladas en los citados supuestos, en cuyo caso, lo comunicará a las personas aspirantes, con carácter previo a la realización del ejercicio. 

La calificación del segundo ejercicio será de 0 a 50 puntos.

  • a) La primera prueba, que no tendrá carácter eliminatorio, relativa a las competencias generales se puntuará de 0 a 10 puntos, de los cuales 5 corresponden al ejercicio en grupo y los otros 5 a la bandeja electrónica.
  • b) La segunda prueba, que tendrá carácter eliminatorio, relativa a supuestos prácticos, se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener para superarla un mínimo de 20 puntos.

Para superar el segundo ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos, puntuación que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes del ejercicio.

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Programa

Parte general

I. Constitución y organización del estado

  1. La Constitución española de 1978. Características, estructura. Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales. De la reforma constitucional. La Corona: su regulación en la Constitución española. Las Cortes Generales. Las cámaras: composición, organización y funciones. La función legislativa. Relaciones entre las cámaras. Los tratados internacionales.
  2. Del Gobierno y de la Administración. El presidente o presidenta del Gobierno. El Consejo de Ministros. Estatuto de los miembros del Gobierno. Las funciones del gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
  3. La Administración pública: principios constitucionales que la informan. Gobierno y Administración. La Administración General del Estado: organización administrativa. Los ministerios: estructura. Los órganos territoriales. Economía y hacienda: principios reguladores en la Constitución. El Tribunal de Cuentas en la Constitución.
  4. El Poder Judicial: la regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: Composición y funciones. La regulación constitucional de El Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo: Naturaleza, competencias y resoluciones.
  5. Regulación constitucional de la organización territorial del Estado: Principios generales. La Administración Local. Las comunidades autónomas.

    II. Organización de la Comunitat Valenciana

  6. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: La Comunitat Valenciana. De los derechos de los valencianos y valencianas. La Reforma del Estatuto. La Generalitat.
  7. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: Las competencias. Las relaciones con el Estado y otras Comunidades Autónomas. Relaciones con la Unión Europea. Acción Exterior. Administración Local. Economía y Hacienda.
  8. Les Corts: El procedimiento legislativo. Control de las disposiciones del Consell con fuerza de Ley. El sistema electoral valenciano: el Derecho de sufragio, el sistema electoral y la convocatoria de elecciones.
  9. Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell: El President o Presidenta de la Generalitat: elección y estatuto personal. Atribuciones. El Consell: composición. Atribuciones y funcionamiento. La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Relaciones entre el Consell y Les Corts.
  10. Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell: Gobierno y Administración. Los Consellers o conselleras. Estatuto personal. La Administración pública de la Generalitat. Organización, competencias y estructura. Organización territorial de las consellerias. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la Administración pública de la Generalitat.
  11. La o el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Jurídic Consultiu, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social. Leyes que regulan estas instituciones: objeto, funciones y competencias.

    III. Unión Europea

  12. Las instituciones y organismos de la Unión Europea Composición y funciones: El Parlamento Europeo, El Consejo Europeo, El Consejo de la Unión Europea, La Comisión Europea, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, El Banco Central Europeo, El Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones.
  13. Naturaleza, valores y finalidad y objetivos de la Unión Europea. Los miembros de la Unión Europea. Las competencias de la Unión Europea, delimitación, clasificación y principios de su ejercicio.

    IV. Materias Transversales

  14. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres.
  15. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección; Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género; Tutela Institucional.

Parte especial «proceso selectivo 2 APT-01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos»

I. Derecho administrativo

    1. La iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Forma, estructura y procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat. Las exigencias de calidad normativa y programación.
    2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: objeto y ámbito subjetivo de aplicación. Las personas interesadas en el procedimiento. La actividad de las administraciones públicas: normas generales de actuación. Términos y plazos. Especial referencia a la identificación, firma y la utilización de medios electrónicos, el registro y el archivo electrónico.
    3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Los actos administrativos: requisitos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Especial referencia a la notificación electrónica.
    4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Disposiciones sobre los procedimientos administrativos: garantías del procedimiento. Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución del procedimiento. La tramitación simplificada. Especial referencia al procedimiento electrónico.
    5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: La revisión de los actos en vía administrativa: la revisión de oficio. Los recursos administrativos.
    6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Disposiciones generales. De los órganos de las Administraciones Públicas. Actuación y funcionamiento electrónico del Sector Público. El Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: preceptos básicos.
    7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. De los convenios. Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.
    8. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones: preceptos básicos. Ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de hacienda pública, del sector instrumental y de subvenciones: Título X. Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.
    9. Los contratos del sector público (I). Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de contratos del sector público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos administrativos y contratos privados. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez. Del recurso especial en materia de contratación. Partes del contrato. Órganos autonómicos en materia de contratación.
    10. Los contratos del sector público (II). Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Normas generales de la preparación de contratos por las administraciones públicas. Especial referencia a las cláusulas sociales y ambientales. Los Contratos Menores.
    11. Los contratos del sector público (III). Adjudicación de los contratos de las administraciones públicas: normas generales. Tipos de procedimiento. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. De los tipos de contratos de las Administraciones públicas.
    12. La regulación constitucional de la función pública. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Personal Directivo. Derechos y deberes. Código de conducta.
    13. La Ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de Hacienda pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones: ámbito de aplicación y organización del sector público de la Generalitat. El régimen de la Hacienda Pública de la Generalitat. El sector público instrumental de la Generalitat: los organismos públicos, las sociedades mercantiles, las fundaciones y los consorcios.
    14. El presupuesto: concepto y naturaleza. Principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: Preceptos básicos. Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat de Hacienda Pública, del sector instrumental y de subvenciones: los principios y reglas de programación y gestión presupuestaria. La programación presupuestaria y el objetivo de estabilidad.
    15. El presupuesto de la Generalitat: contenido, elaboración y estructura. Tramitación y aprobación. Gestión presupuestaria. Pagos a justificar. Anticipos de Caja Fija. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones. Normas para la modificación de los presupuestos y competencias en las Leyes de Presupuestos anuales.

      II. Las políticas de la Unión Europea y su presupuesto

    16. Características del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Fuentes del derecho de la Unión Europea. Tratados constitutivos. Actos jurídicos de la Unión: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
    17. Derechos fundamentales y ciudadanía de la Unión. El mercado interior: la libre circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores, libre circulación de personas, servicios y capitales. Las competencias y garantías sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia.
    18. Las políticas de la Unión Europea (I): agricultura; transportes; medio ambiente; política económica y monetaria.
    19. Las políticas de la Unión Europea (II): empleo y política social; educación, formación profesional y juventud; cultura; salud pública.
    20. Las políticas de la Unión Europea (III): la cohesión económica, social y territorial.
    21. Derecho de la Unión Europea. El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Jerarquía de las normas. La relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. Principios y control. La participación de las CCAA y de la Generalitat en la formación y en la ejecución del derecho de la Unión Europea.
    22. El presupuesto de la Unión Europea: concepto y naturaleza. Principios presupuestarios. El ciclo presupuestario.
    23. El presupuesto de la Unión Europea: Contenido, elaboración y estructura. Tramitación y aprobación. La gestión del presupuesto.

      III. Reglamento de Disposiciones Comunes

    24. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Consideraciones generales a la norma. Considerandos (1) a (96). Título I, Objetivos y normas generales de ayuda; Título II, Enfoque estratégico.
    25. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título III, Programación; Título IV, Capítulo I, Seguimiento; Título IV, Capítulo II, Evaluación. Título V, Ayuda financiera de los Fondos.
    26. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título VI, Gestión y Control. Título VII. Gestión Financiera, presentación y examen de cuentas y correcciones financieras; Título VIII, Marco Financiero.
    27. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título IX, Delegación de Poderes y Disposiciones de Ejecución Transitorias y Finales. Anexos salvo el VI y el XXVI.

      IV. Comunicación y visibilidad

    28. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021: Título IV, Seguimiento, Evaluación, Comunicación y Visibilidad, Capítulo III, Visibilidad, transparencia y comunicación, ANEXO IX Comunicación y Visibilidad Artículos 47, 49 y 50.
    29. Apartado 7 Comunicación y visibilidad y Apéndice 3 Operaciones de importancia estratégica de los programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027.

      V. Procedimientos

    30. Designación como Organismo Intermedio y Acuerdo de atribución de funciones al Organismo Intermedio. Descripción de funciones y procedimientos de la Generalitat Valenciana programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027 vigentes.

      VI. Verificación

    31. Verificaciones de gestión. Objetivos, metodología y alcance: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
    32. Verificaciones administrativas: Normas nacionales de subvencionabilidad de los gastos en los programas Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo Plus 2021-2027.
    33. Verificaciones sobre el terreno: Plan de Verificaciones sobre el Terreno en los programas FEDER-FSE Comunitat Valenciana. https:// breu.gva.es/b/zJfqj5sB8z https://breu.gva.es/b/zMtSRhWzHB
    34. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (I). Contratación pública, ayudas e Instrumentos financieros: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes.; Título V, Capítulo II, Sección II, y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
    35. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (II). Durabilidad de las operaciones, Medio ambiente, Igualdad y no discriminación e Indicadores: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título I, Capítulo II, Título V, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
    36. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (III). Opciones de costes simplificados, Asistencia Técnica y Financiación no vinculada a los costes: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título III, Capítulo III y Título VII, Capítulo I, Sección II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; Capítulo 5 de las Directrices sobre el uso de Opciones de Costes Simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2021/C 200/01).
    37. Pista de Auditoría: Título VI, Capítulo I, y Anexo XIII del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
    38. Sistema contable y doble financiación. Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión: Título IV, Capítulo 4, Sección 3, y Título VIII, Capítulo 2.
    39. Correcciones financieras: Título VII, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; y Decisión de la Comisión, de 14 de mayo de 2019, por la que se establecen las directrices para la determinación de las correcciones financieras que deben aplicarse a los gastos financiados por la Unión en caso de incumplimiento de las normas aplicables a la contratación pública.
    40. Evaluación de los sistemas de gestión y control. Requisitos clave, clasificación y categorías: Orientaciones vigentes para la Comisión y los Estados miembros sobre una metodología común para la evaluación de los sistemas de gestión y control en los Estados miembros; Título VI, Capítulo I, y Anexo XI del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

      VII. Política antifraude

    41. Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
    42. Reglamento (UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
    43. Orientaciones vigentes para los Estados miembros y las autoridades del Programa sobre la Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas contra el fraude eficaces y proporcionales y sus Anexos 1-2-3-4.
    44. Comunicación de la Comisión Orientaciones sobre cómo evitar y gestionar las situaciones de conflicto de intereses con arreglo al Reglamento Financiero 2021/C 121/01 Document 52021XC0409(01) DOUE C121 de 9 de abril de 2021.
    45. COCOF 09/0003/00 de 18.2.2009, Nota informativa sobre indicadores de fraude para el FEDER, el FSE y el FC.
    46. XXXIII Informe anual sobre la protección de los intereses financieros de la Unión Europea y la lucha contra el fraude (2021) COM/2022/482 final.

      VIII. Reglamento FEDER 2021-2027

    47. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (55).
    48. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículos 1 a 4, objeto, cometidos del FEDER, objetivos específicos del FEDER y concentración temática de la ayuda del FEDER. Capítulo I, artículos 5 a 7, alcance y exclusión del alcance de la ayuda del FEDER. Capítulo I, artículo 8 y Anexo I, indicadores de FEDER e indicadores comunes de realización y de resultado para el FEDER (Inversión en empleo y crecimiento).

      IX. Cooperación Territorial Europea

    49. Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los instrumentos de financiación exterior.

      X. Reglamento Fse+ 2021-2027

    50. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (54).
    51. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte I. Disposiciones Generales; Parte IV. Disposiciones Finales; Anexo I; Anexo II; Anexo III.Parte II, Ejecución en Régimen de Gestión Compartida. Parte III, Ejecución en Régimen de Gestión Directa e Indirecta.

      XI. EGESIF

    52. Comunicación de la Comisión Directrices sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) DOUE de 27 de mayo de 2021 – Versión Revisada tras la entrada en vigor del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046: Capítulo 1, Introducción; Capítulo 2, Principios horizontales y ámbito de aplicación. Capítulo 3, Tipos de opciones de costes simplificados; Capítulo 4, Establecimiento de las opciones de costes simplificados. Anexo I, Ejemplos de opciones de costes simplificados; Anexo II, Ejemplo de compatibilidad de las OCS con las normas sobre ayudas estatales.

      XII. Ayudas de estado

    53. El concepto de ayuda estatal; Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: art 107; Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el art 107 del TFUE (DOUE 19.07.2016 C 262/1): Apartados 2, 3, 4, 5.1, 5.2, 5.3 y 6.
    54. Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972 y 2021/1237: Capítulos I y II.
    55. RGEC 2: Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972 y 2021/1237: Capítulo III (art. 13, 14, del 25 al 32, del 36 al 49, 53 y 54), Anexo I (Definición de PYME).
    56. Ayudas de Minimis: Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, modificado por Reglamento (UE) núm. 2020/972 de la Comisión de 2 de julio.
    57. Normativa autonómica: Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

      XIII. Mecanismo de Recuperación y política agrícola común

    58. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Concepto y principales cifras en el marco presupuestario de la UE 2021-2027. Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Normativa estatal y autonómica para la recuperación post-covid. Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre. Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell. Decreto 161/2021, de 8 de octubre, del Consell. Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021, del Consejo Europeo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea, que aprueba la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. (Documento CID). Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (Modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021 relativa a la evaluación del PRTR, por la que se actualiza el calendario de desembolsos, que incluyen transferencias adicionales y préstamos para financiar inversiones privadas y públicas y la actualización de los hitos y objetivos, ratificada el 17 de octubre de 2023 por el Consejo Europeo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea.)
    59. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Documentos de aprobación: Decisión y Acuerdo Operativo. Estructura del plan y definiciones: políticas palanca, componentes, medidas y reformas e inversiones. Gobernanza interadministrativa y calendario de aplicación. Órdenes ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Jerarquía de gestión. Implicaciones para la gestión y ejecución de fondos de recuperación a nivel autonómico. Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
    60. El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.

Puedes consultar convocatorias anteriores con mucha más información sobre la oposición:

Nuestros alumnos

Raquel Osuna

Administrativos de Estado
“Cuando decidí opositar siempre pensé en ADAMS por varias razones, entre ellas por recomendación de personas conocidas y por permanecer tantos años en el sector y me alegro mucho de la decisión que tomé. Empecé comprándome los libros y luego más tarde me apunté para preparar el examen de ofimática del cuerpo de Administrativo del Estado, y muy bien, tuve como profesor a Javier y salí muy contenta de sus clases.”
alumna
David Ruiz

Administrativos de la Comunidad de Madrid
"Teníamos simulacros continuamente. Había dos tipos, los que el profesor te ponía para practicar semanales, y los de examen puro y duro. Eso te permite estar preparado, conocer los tiempos, y cómo organizarte."
alumno
Paloma García

Tramitación Procesal
"He tenido siempre el apoyo del tutor, Alberto, mi tutor online, la verdad es que siempre estuvo ahí. Fue muy constante en los correos, en los mensajes, siempre animando y apoyando. Me acompañó sin agobiarme."
alumna
Saray Sáez

Administrativos de la Junta de Andalucía
"Para mí ha sido fundamental el apoyo de la Academia, ya que, cuando empecé en este mundo, no tenía ni idea de leyes, de los temarios, de lo intenso que hay que dedicar."
alumna
Esther Sánchez

Administrativos de Estado
“Os recomendaré a todas las personas que decidan emprender una empresa como la de estudiar una oposición.”
alumna
María Jesús Guende

Administrativos de Estado
“Tengo que reconocer que el camino no ha sido fácil y que no era la primera vez que me presentaba a un proceso selectivo pero al final he conseguido mi objetivo. ADAMS me ha ayudado a conseguirlo porque me ha proporcionado material actualizado y me ha ayudado a seguir una rutina de estudio. Muchas gracias por vuestra ayuda.”
alumna
Lucía Fernández

“Temarios bien organizados y actualizados, esquemas muy útiles para repasar, y supuestos y test que te ayudan a comprender la ley y a retener mejor el contenido.”
alumna
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Todo lo que tienes que saber sobre las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana 

¡Es maravilloso que estés considerando una carrera profesional en la Generalitat Valenciana, especialmente como Técnico de Fondos Europeos! Optar por una carrera en el sector público te brinda estabilidad económica, seguridad laboral y numerosas oportunidades de crecimiento profesional. 

Si necesitas más información sobre cómo ingresar como Técnico de Fondos Europeos en la Generalitat Valenciana o buscas consejos sobre cómo prepararte para el proceso de selección, estamos aquí para ayudarte. A continuación, te explicamos los pasos a seguir para entrar en el cuerpo de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana.  

Convocatorias y plazas de Técnicos de Fondos Europeos Generalitat Valenciana 

Para todas aquellas personas interesadas en las oposiciones en Valencia en 2024 ahora tienes una oportunidad con las oposiciones de la Generalitat Valenciana 2024, ya que la OEP 2024 incluye 1.179 plazas en total. De este total de plazas, hay 64 plazas para las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos gva: 

  • 54 plazas para el acceso libre del cuerpo superior de Técnicos de Fondos Europeos de administración general (APT-A1-02 A1-01). 
  • 10 plazas para la promoción interna del cuerpo superior de Técnicos de Fondos Europeos de administración general (APT-A1-02 A1-01). 

La Ley de Función Pública valenciana establece que la convocatoria tiene que publicarse en los tres meses desde que se publica la OEP. Las plazas de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana se han convocado en junio 2024. 

Para presentarte a las oposiciones a la Generalitat Valenciana, y en concreto, al cuerpo superior de Técnicos de Fondos Europeos APT-A1-02 A1-01 gva debes tener el título universitario de grado o licenciatura, ingeniería superior o arquitectura. 

 ¿Y qué hace un Técnico de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana? 

Estos funcionarios están clasificados para su provisión por el cuerpo A1-01, Superior técnico de administración general de la administración de la Generalitat y se encuentran adscritos orgánicamente a los departamentos con competencias en materia de fondos europeos de la Generalitat Valenciana y que se encargan de la adecuada coordinación y gestión para la ejecución de los fondos estructurales y de inversión europeos (fondos EIE) en la Comunitat Valenciana.  

Requisitos de participación en las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana 

Para poder participar en las oposiciones que convoca la Administración Pública valenciana para el APT-A1-02 A1-01 gva debes cumplir una serie de requisitos:    

  1. Nacionalidad. Debes ser ciudadano español o de algún estado miembro de la Unión Europea. También puedes participar si eres cónyuge de un ciudadano español o de otro estado miembro de la UE, sin importar tu nacionalidad. Además, están habilitados para participar aquellos ciudadanos de países con los que la UE ha firmado tratados internacionales que España ha ratificado y que permiten la libre circulación de trabajadores. 
  1. Edad. Es necesario tener al menos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. 
  1. Titulación. Se requiere poseer el título de Grado universitario o licenciatura, ingeniería o arquitectura. 
  1. Capacidad funcional. Es imprescindible contar con la capacidad funcional requerida para cumplir con las funciones del puesto o especialidad a la que aspiras. 
  1. No puedes haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública por medio de expediente disciplinario ni judicial. 

Examen en las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos Generalitat Valenciana  

Los ejercicios de la convocatoria 2024 de Técnicos de Fondos Europeos mantienen la estructura de cómo fueron los exámenes en la convocatoria 2023. 

 Las plazas de turno libre de Técnicos de Fondos Europeos Generalitat Valenciana se rigen por el sistema de oposición. Por lo que solo se tendrá en cuenta la nota que obtengas al finalizar el proceso selectivo. Y la fase de oposición constaba de dos ejercicios.  

Ejercicio APT-A1-02 A1-01 GVA 

Primer ejercicio 

Tiene 2 partes, a realizar en el mismo día: 

  • a) La primera parte, un cuestionario de 160 preguntas: 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» «proceso selectivo 2 parte especial APT 01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos». 
  • b) La segunda parte, un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I «parte especial». 

Quienes superen este primer ejercicio accederán a la realización del curso selectivo. 

El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública. Los aspirantes admitidos al curso selectivo serán nombrados por el órgano convocante, funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento. 

El curso tendrá como finalidad proporcionar a los aspirantes la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo. 

Segundo ejercicio 

También tiene 2 partes. 

  • a) La primera parte, consistirá en la realización de una serie de pruebas para la evaluación de las competencias generales, que serán evaluadas, a través de un ejercicio en grupo y la prueba de la bandeja electrónica. 
  • b) La segunda parte, consistirá en resolver, mediante ordenador facilitado por el centro gestor que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio. 

Nº de Temas   

El programa de las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos GVA se compone de 75 temas (15 de la parte general y 60 de la parte especial). 

 Bolsa de Trabajo Técnicos de Fondos Europeos Generalitat Valenciana   

La Generalitat Valenciana regula las bolsas de trabajo temporal para la provisión temporal de puestos de trabajo en la Administración de la Generalitat. 

Son dos los tipos de bolsas de empleo temporal de la gva que nos podemos encontrar: 

  • Las bolsas de empleo temporal generadas a partir de los procesos de selección realizados como parte de la oferta de empleo público. 
  • Las bolsas de empleo temporal originadas de una convocatoria pública, específica y extraordinaria, convocada por la dirección general con competencias en Función Pública, previa aprobación de la Comisión de Seguimiento, mediante la realización de pruebas selectivas o a través del sistema de baremación y experiencia. 

 Cómo se presenta la solicitud en las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valencina 

La presentación de la solicitud de participación en los procesos selectivos de la Generalitat Valenciana se hará por vía electrónica. Para ello necesitas estar registrado para usar el sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o contar con un certificado digital de firma electrónica, siendo también válido el DNIe. 

 Prepárate con ADAMS Formación    

En ADAMS no tienes obligación de estar un periodo mínimo de permanencia ni tienes que pagar matrícula. Pagarás mes a mes hasta la fecha del examen o durante el tiempo que estés asistiendo a clases. Con más de 65 años de experiencia, hemos formado a miles de futuros empleados públicos, y más de 61.000 alumnos de ADAMS han conseguido su plaza como funcionario 

Ofrecemos diversas opciones para prepararte para las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos gva. A continuación, te presentamos todas las alternativas disponibles: 

 Clases:   

Las clases las podrás seguir presencialmente en nuestras aulas en el Centro de Valencia o desde el lugar que tu quieras, con tu dispositivo móvil. En ambos casos, las clases se graban y estarán disponibles durante 15 días para que las veas en el momento que más te convenga, en caso de que no puedas asistir en directo:  

 En ADAMS te ayudamos a obtener tu plaza de Técnico de Fondos Europeos en la Generalitat Valenciana. ¡Ahora es tu turno de dar el paso y decidir formarte con nosotros! 

FAQS  

¿Dónde se presenta la solicitud para oposiciones de Técnico de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana?  

Quienes estén interesados en presentarse en la convocatoria de Técnicos de Fondos Europeos gva tienen que inscribirse en el proceso selectivo de forma telemática. Para lo que necesitarás estar registrado en Cl@ve, o poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe. 

¿Cómo prepararse las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos Generalitat Valenciana?  

El tiempo necesario para prepararte dependerá de las horas disponibles y de tus conocimientos previos sobre la materia. Recomendamos dedicar un mínimo de seis horas diarias y contar con el apoyo de una academia que te ofrezca orientación y asistencia en la planificación de tus estudios. De esta manera, podrás maximizar tus esfuerzos y aumentar tus posibilidades de obtener una plaza. 

¿Cómo acceder a la bolsa de trabajo de Técnicos de Fondos Europeos gva?  

La gva selecciona personal para cubrir las bajas por enfermedad, vacaciones u otras situaciones administrativas de los funcionarios de la Generalitat Valenciana a través de las bolsas de empleo 

¿Cuándo son las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana?  

La convocatoria 2024 de Técnicos de Fondos Europeos gva se publica en la última semana de junio 2024. 

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